Sunday, May 8, 2011

Caso práctico: Semana 10

“Sólo una cosa es imposible para Dios: encontrarle algún sentido a cualquier ley de copyright del planeta” Mark Twain

La llamada ley Sinde es una disposición adicional a la Ley de Economía Sostenible (Ley 2/2001 del 4 de Marzo), y cuyo objetivo es la regularización legislativa de las descargas de contenidos culturales en Internet: en el caso en que algún portal de la red aloje o difunda contenidos culturales ilegalmente, y tras la denuncia correspondiente, la Comisión de Propiedad Intelectual- organismo dependiente del Ministerio de Cultura -tiene la potestad de ejecutar el cierre de la página web. La ley fue aprobada finalmente el 415 de Febrero de 2011 tras un traspiés en las Cortes, y entró en vigor el pasado 6 de Marzo.

Mi opinión sobre la ley Sinde se inclina más hacia sus detractores, aunque considerando unos pequeños matices. Existen una serie de cuestiones que es necesario valorar detenidamente:

1) ¿Tiene el creador tiene derecho a cobrar por sus obras?: El trabajo artístico es el resultado de un proceso intelectual que a menudo no posee una visibilidad en la sociedad, y que por lo tanto a menudo no es valorado justamente. En el caso de la música o el cine, esta labor intelectual se materializa en un formato digital que cada vez es más barato y más reproductible- llegando incluso a la misma desmaterialización, como es el caso de los nuevos soportes digitales en streaming como Youtube o Spotify. Es necesario pues revalorizar este trabajo en su justa medida, y no caer en populismos fáciles.

Sin embargo, también es necesario comprender de qué manera se genera el conocimiento, y qué papel pueden cobrar las nuevas tecnologías. Cualquier proceso de innovación, sea tecnológico o artístico, descansa en todo el saber anterior. Todo creador fundamenta su arte en las producción de otros artistas: la producción cultural de un artista no puede pues ser entendida individualmente, como una obra enteramente genuina y original, tal como se ha venido defendiendo desde los paradigmas del genio romántico. En ese sentido, podemos calificar el saber artístico como una acumulación de capas en las que no tienen cabida los procesos totalmente excéntricos. 

Así, la idea del copywright cerrado e individualista es totalmente absurda. En definitiva, no nos asuste decirlo: todo artista está condenado al plagio, sin que ello resulte algo negativo. El sistema legal actual se inclina considerablemente hacia la sobreprotección del artista. Los derechos de autor se han ido extendiendo en el tiempo: de los 14 años del Estatuto de la Reina Ana, hemos pasado a la totalidad de la vida del autor más unos 70 años para sus herederos. Sin duda, aquellos que han propiciado el alargamiento del tiempo válido de los derechos de autor no son tanto los propios artistas sino las industrias, deseosas de explotar comercialmente estos productos. Paradógicamente, este tipo de legislación no favorece para nada la creación cultural y artística, pues las industrias culturales prefieren explotar los derechos de una obra antígua antes de apostar por nuevas propuestas.

2) El cambio tecnológico es imparable: Imagínense a un lobby de monjes escribas del siglo XV acusando a Guttemberg de robar contenidos, de propiciar la destrucción de la industria cultural, de menospreciar su labor artística como escriba. Salvando las distancias, lo cierto es que el cambio tecnológico que sufrimos hoy en día es comparable al que sufrieron los monjes escribas del XV. Poco importa lo que los monasterios pensaras que debería ser el saber según su punto de vista: su modelo quedó destrozado en cuestión de decenios por la difusión de las imprentas por el viejo continente. Internet ha cambiado las reglas de juego, y hoy la circulación de bienes simbólicos en la red es inevitable.La Ley Sinde pretende poner puertas al campo, parar aquello que es imparable. En este aspecto, se puede calificar la ley como papel mojado: por muchas barreras que se pongan al usuario, este dispone de otras maneras por las que hacerse con estos productos culturales. Poco importa si cierran una página: en cuestión de horas se puede duplicar el contenido de todo el portal en otro servidor. Las medidas de la ley Sinde son totalmente ineficaces.

http://cultura-abierta.blogspot.com/2011/04/semana-10-propiedad-intelectual-y.html

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